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Tramitación de V°B° ISP para la importación de mascarillas

En el contexto mundial de COVID 19, aclaramos que el Servicio Nacional de Aduanas SNA envió, hace unas semanas, un listado preferencial de mercancías críticas, donde considera la partida de mascarillas como dispositivo médico. Esto significa que para su importación, se debe tramitar el V°B° del ISP.
Todo producto catalogado como dispositivo médico que esté en el listado enviado por el SNA, y que sea de uso comercial o clínico, debe tramitar un CDA, excepto cuando sean importados como Elemento de Protección Personal (EPP) para ser utilizados por el propio personal de la empresa.
Para aquellos importadores o clientes actuales de nuestra Agencia que están en vías de importar mascarillas, sólo deben llenar el formulario para que sean inscritos y les entregan la clave que nos permita efectuar el trámite del CDA, si así lo requieren.
El valor por la confección y presentación del V°B° será de 0.7 UF.
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